Derecho migratorio
La inmigración hacia Costa Rica se ha vuelto popular en la última década. De acuerdo con el noticiero CNN Costa Rica esta categorizado como segundo mejor destino para personas jubiladas. Costa Rica ofrece una serie de hechos y circunstancias que la convierten en una buena opción para retirarse, invertir, vivir, visitar, trabajar o estudiar. En Libre Verdad, prestamos servicios legales en temas de migración y específicamente en la tramitación de residencias temporales y permanentes, buscando la categoría que más se ajusta a sus requerimientos y condiciones.
Toda solicitud de residencia en Costa Rica está regulada por la "Ley General de Migración y Extranjería". Esta ley está sujeta a constantes cambios y revisiones periódicas, lo cual requiere de parte de nuestros abogados y personal mantenerse actualizados con las regulaciones migratorias vigentes, así como los regímenes migratorios aplicables y su actualización digital de aplicación por medio de Tramite Ya. Todas las solicitudes son estudiadas y eventualmente sujetas a aprobación por parte de la sección correspondiente del Departamento de Migración.
Nuestro equipo le asesorara y llevara a cabo todo el proceso de manera fluida y anticipando cualquier imprevisto que se pueda presentar gracias a nuestra experiencia llevando a cabo este tipo de trámites.
Libre verdad ofrece un servicio bilingüe en español e inglés brindando así al cliente la posibilidad de comunicarse directamente con nosotros en el lenguaje en el que se sienta más cómodo.
Te asesoramos en las siguientes áreas:
Tramites de residencias:
En Costa Rica las leyes migratorias ofrecen numerosas opciones para que las personas sean residentes y pueden encontrarse bajo el marco legal en el país, en donde pueden obtener beneficios tales como:
- Seguro Social
- Facilidad para la apertura de cuentas bancarias nacionales
- Homologación de licencia de conducir
- Pagar como nacionales en Parques Nacionales y demás atracciones turísticas
Dentro de las categorías por las que puedes optar se encuentran:
- Residencia por Inversionista: Al menos contar con una inversión mínima de $150.000, ya sea un en negocio o bienes muebles e inmuebles.
- Residencia por Pensionado: Contar con un ingreso minino de $1.000 mensuales, provenientes de planes de pensión o jubilación.
- Residencia por rentista: Si posee un ingreso mínimo mensual fijo y estable de $2,500, puede optar por esta categoría.
- Residencia por vínculo con cónyuge costarricense: Esta categoría está disponible para cualquier extranjero que este casado con un (a) costarricense.
- Nómada Digital: Si posee contrato laboral con alguna empresa transnacional que ofrezca servicios relacionados con la tecnología, puede optar por esta categoría.
- Cambios de categorías en residencias: Después de 3 años de ser residente temporal, usted podrá optar por el cambio a residente permanente.
- Visas de estancia
- Gestión de documentos del exterior: Le ayudamos con la obtención de documentos apostillados tales como: certificado de nacimiento, certificado de matrimonio, certificados de defunciones.
- Gestión de tramites en proceso: Si usted anteriormente realizo su solicitud de residencia en cualquiera de las categorías temporales que ofrece la Dirección General de Migración y Extranjería, y después de 90 días no ha obtenido respuesta alguna al trámite, comuníquese con nosotros y con mucho gusto le asesoramos.